Política AML
Última actualización: 25.09.2025
Desarrollamos una Política integral y basada en riesgos contra el Lavado de Dinero y el Financiamiento del Terrorismo (“la Política”) para nuestro sitio web en un esfuerzo por mantener el más alto nivel de cumplimiento posible con las leyes y regulaciones aplicables relacionadas con el lavado de dinero. La Política describe los principios y estándares mínimos de los controles internos AML que deben ser seguidos por la Compañía para mitigar los riesgos de pérdida reputacional, regulatoria, legal y financiera. Nos adherimos a los estándares internacionales AML/CTF (incluyendo las Recomendaciones GAFI) y los requisitos de PSP aplicables a nuestras operaciones.
Misión de la Política
Este documento tiene la intención de delinear las políticas y procedimientos AML de la Compañía para garantizar que:
- Se cumplan las obligaciones legales y regulatorias para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, tomando acción positiva para minimizar el riesgo de que los servicios de la Compañía sean utilizados con el propósito de lavar los productos de la actividad criminal o el financiamiento del terrorismo.
- La Compañía no se involucre ni continúe relaciones establecidas con aquellos cuyo comportamiento dé lugar a sospechas de participación en actividades ilegales. Buscaremos terminar cualquier relación donde la conducta le dé a la Compañía una causa razonable para creer o sospechar participación en actividades ilegales.
- Cualquier dicha terminación seguirá a la notificación de las sospechas y, a partir de entonces, se llevará a cabo en conjunto con las autoridades relevantes y de acuerdo con las regulaciones pertinentes para evitar cualquier riesgo para la Compañía.
- La Compañía cumple con las obligaciones de la legislación y regulación nacional e internacional relevante, la adhesión a las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI/FATF), las Directivas de la UE y otras leyes y regulaciones aplicables sobre la prevención del lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.
La Compañía está comprometida con altos estándares de cumplimiento contra el lavado de dinero y requiere que la gerencia y los empleados se adhieran a estos estándares para prevenir el uso de sus productos para el lavado de dinero/financiamiento del terrorismo.
Definiciones de Lavado de Dinero
El Lavado de Dinero se define como:
- La conversión o transferencia de bienes, sabiendo que dichos bienes se derivan de una actividad criminal o de la participación en dicha actividad, con el propósito de ocultar o disfrazar el origen ilícito de los bienes o de ayudar a cualquier persona que esté involucrada en la comisión de dicha actividad a evadir las consecuencias legales de la acción de esa persona;
- La ocultación o disimulo de la verdadera naturaleza, fuente, ubicación, disposición, movimiento, derechos con respecto a, o propiedad de bienes, sabiendo que dichos bienes se derivan de una actividad criminal o de un acto de participación en dicha actividad;
- La adquisición, posesión o uso de bienes, sabiendo, en el momento de la recepción, que dichos bienes se derivaron de una actividad criminal o de un acto de participación en dicha actividad;
- La participación en, asociación para cometer, intentos de cometer y auxiliar, instigar, facilitar y asesorar la comisión de cualquiera de las acciones mencionadas en los puntos 1, 2 y 3;
A menudo se reconocen tres fases del lavado de dinero:
- Colocación – la disposición física de efectivo u otros activos derivados de la actividad criminal.
- Estratificación – la separación de los productos ilícitos de su fuente a través de capas de transacciones destinadas a ocultar el origen de los fondos.
- Integración – suministrar una aparente legitimidad a la riqueza ilícita mediante la reentrada de los fondos en la economía en lo que parecen ser transacciones personales. Sin embargo, incluso la simple posesión de bienes de origen delictivo puede constituir un delito. Los bienes de origen delictivo se definen como bienes que constituyen, o representan, un beneficio de una persona procedente de una conducta delictiva, cuando el presunto infractor sabe o sospecha que es así.
Enfoque Basado en Riesgos
El enfoque basado en riesgos reconoce que los riesgos AML a los que se enfrenta cada sector y cada persona sujeta son diferentes y permite invertir y aplicar recursos donde más se necesitan. El enfoque basado en riesgos prevé la aplicación de controles que sean proporcionales al riesgo evaluado. La piedra angular del enfoque basado en riesgos es la evaluación de riesgos que debe llevarse a cabo en diferentes etapas de las actividades de una persona sujeta. Esta evaluación permite a la persona sujeta identificar sus vulnerabilidades AML y los riesgos AML a los que está expuesta.
Procedimiento KYC
Se siguen los Procedimientos de Conozca a Su Cliente para lograr los siguientes objetivos:
- Permitir que solo clientes legítimos registren una cuenta (es decir, excluir de la inscripción las siguientes categorías: Menores de edad, Personas Sancionadas o Jugadores de países sancionados no pueden registrar una cuenta de juego).
- Construir el perfil de riesgo asociado con el cliente.
- Confirmar que los clientes son quienes dicen ser.
- Monitorear las cuentas y transacciones de los clientes en busca de actividades ilegales.
- Bloquear cuentas duplicadas.
- Identificar posibles PEP y clientes de países identificados como que tienen niveles significativos de corrupción u otra actividad criminal.
De acuerdo con las regulaciones de lavado de dinero, utilizamos tres etapas de verificaciones de diligencia debida, dependiendo del riesgo, la transacción y el tipo de cliente:
SDD — diligencia debida simplificada se utiliza en casos de transacciones de riesgo extremadamente bajo que no cumplen con los umbrales requeridos.
CDD — diligencia debida del cliente es el estándar para las verificaciones de diligencia debida, utilizado en la mayoría de los casos para verificación e identificación.
EDD — Diligencia Debida Reforzada se utiliza para clientes de alto riesgo, transacciones grandes o casos especiales.
Por separado y además de lo anterior, en todos los casos, los usuarios deben completar el proceso KYC completo antes de iniciar su primer retiro en moneda fiduciaria, independientemente del monto. Además, KYC es obligatorio cuando un usuario realiza un total acumulado de depósitos que excede los EUR 5,000 o intenta o completa una transacción que se considera sospechosa.
Durante este proceso, el usuario tendrá que ingresar algunos datos básicos sobre sí mismo y luego cargar:
- Una copia de una identificación oficial con foto (en algunos casos frontal y posterior dependiendo del documento de identificación)
- Una selfie de sí mismo sosteniendo el documento de identificación
- Un extracto bancario / factura de servicio público
Guía para el Proceso KYC
1) Prueba de Identidad
a. La firma está presente
b. El país no es uno de los siguientes Países Restringidos
c. El Nombre Completo coincide con el nombre del cliente
d. El documento no vence en los próximos 3 meses
e. El titular es mayor de 18 años
2) Prueba de Residencia
a. Extracto bancario o factura de servicio público
b. El país no es uno de los siguientes Países Restringidos
c. El Nombre Completo coincide con el nombre del cliente y es el mismo que en la prueba de identidad.
d. Fecha de Emisión: En los últimos 3 meses
3) Selfie con identificación
a. El titular es el mismo que en el documento de identificación anterior
b. El documento de identificación es el mismo que en "1". Asegúrese de que la foto/número de identificación sea el mismo Notas sobre el "Proceso KYC"
- Cuando el proceso KYC no es exitoso, la razón se documenta y se crea un ticket de soporte en el sistema. El número de ticket junto con una explicación se comunica de vuelta al usuario.
- Una vez que todos los documentos adecuados estén en nuestra posesión, la cuenta será aprobada.
Diligencia Debida Reforzada (EDD)
En los casos en que los jugadores, productos o transacciones se consideren de mayor riesgo, deben aplicarse los procedimientos de Diligencia Debida Reforzada (EDD). Los siguientes eventos deberían activar los procedimientos EDD:
- Un jugador es una PEP (Persona Políticamente Expuesta) o se convierte en una PEP después de establecer una relación comercial con la Compañía.
- IPs duplicadas.
- Cambio de IP.
- País de origen asociado con un mayor fraude con tarjeta de crédito.
- Intentos de crear múltiples cuentas.
- Intentar retirar fondos sin utilizar los fondos para jugar (retiro sin realizar ninguna apuesta o iniciar ninguna sesión de juego).
- Cambios repentinos en la actividad de la cuenta.
- El país registrado no forma parte de la lista blanca de GAFI, o el país registrado es cualquier otro país que parezca asociado con un mayor riesgo de lavado de dinero, financiamiento del terrorismo y proliferación, así como países identificados como que tienen niveles significativos de corrupción u otra actividad criminal.
- Cambios notorios en los patrones de juego de los clientes, como cuando el cliente realiza transacciones que son significativamente más grandes en volumen en comparación con las transacciones que normalmente realiza.
- Los clientes realizan transacciones que parecen ser desproporcionadas en relación con su riqueza, ingresos conocidos o situación financiera.
- El tamaño y la frecuencia de las transacciones generan sospechas. Cambios repentinos en la actividad de la cuenta, por ejemplo, el volumen de transacciones aumenta repentinamente.
- La Compañía tiene dudas sobre la exactitud o idoneidad de los datos de identificación del cliente obtenidos previamente.
Para cada cuenta considerada de Alto Riesgo se llevará a cabo un Monitoreo Continuo Reforzado de la relación comercial.
En situaciones donde se requiere una verificación EDD, el cliente también debe enviar:
- Extracto bancario (no mayor a 3 meses).
- Prueba del origen de los fondos.
- Confirmación del método de pago (si se requiere).
Si el cliente no envía estos documentos dentro de los 30 días, la cuenta de juego será bloqueada para todas las transacciones. La cuenta también puede ser suspendida (acceso a la cuenta restringido temporalmente) hasta la provisión de los documentos solicitados dependiendo del nivel de riesgo relevante.
Otras medidas EDD aplicadas por la Compañía dependiendo del nivel de riesgo definido:
- Obtener información adicional sobre el cliente (por ejemplo, ocupación, volumen y activos, información disponible a través de bases de datos públicas, internet, etc.) y actualizar con mayor regularidad los datos de identificación de los clientes.
- Obtener información y explicaciones necesariamente detalladas sobre el origen de los fondos o el origen de la riqueza del cliente.
- Obtener la aprobación de la alta gerencia para iniciar, terminar o continuar la relación comercial.
- Realizar un monitoreo reforzado de la relación comercial, aumentando el número y el momento de los controles aplicados, y seleccionando patrones de transacciones que necesiten un examen más detallado.
Monitoreo
Realizamos verificaciones manuales de los retiros de los clientes. Cualquier retiro sospechoso conduce a una Diligencia Debida Reforzada y a la congelación de la cuenta del cliente. La Diligencia Debida Reforzada incluye i) obtener información adicional sobre el cliente (por ejemplo, ocupación, volumen y activos, información disponible a través de bases de datos públicas, internet, etc.); ii) obtener información sobre el origen de los fondos o el origen de la riqueza del cliente; iii) obtener la aprobación de la alta gerencia para iniciar o continuar la relación comercial.
Realizamos un monitoreo continuo y regular de la posible colocación de fondos de riesgo por parte de los clientes. En caso de una colocación de fondos sospechosa, la cuenta y los fondos del cliente se congelan y se realiza una diligencia debida reforzada.
Perfiles de Riesgo
Desarrollamos perfiles de riesgo para determinar las categorías de clientes que exponen a la Compañía a un mayor riesgo. Los clientes de alto riesgo incluyen: clientes de países identificados como que no tienen sistemas AML adecuados, clientes de países sujetos a sanciones, embargos o medidas similares impuestas por la ONU, clientes de países identificados como que tienen niveles significativos de corrupción u otra actividad criminal, clientes de países o áreas geográficas identificadas como que proporcionan financiamiento o apoyo para actividades terroristas, o que tienen organizaciones terroristas designadas operando dentro de su país.
Transacciones Sospechosas
Existen varios eventos que podrían generar sospechas de lavado de dinero y que requieren un escrutinio adicional. A continuación se enumeran (pero no se limitan a):
- El cliente no coopera en la realización de la diligencia debida del cliente.
- El cliente intenta registrar más de una cuenta con el mismo sitio web.
- El cliente deposita cantidades considerables durante una sola sesión mediante múltiples métodos de pago.
- El cliente deposita fondos muy por encima de lo necesario para mantener sus patrones de apuestas habituales.
- El cliente realiza apuestas pequeñas a pesar de tener depósitos de cantidades significativas, seguido de una solicitud de retiro que excede cualquier ganancia.
- El cliente realiza frecuentes depósitos y solicitudes de retiro sin ninguna explicación razonable.
- Cambios notorios en los patrones de juego de un cliente, como cuando el cliente realiza transacciones que son significativamente más grandes en volumen en comparación con las transacciones que normalmente realiza.
- El cliente pregunta sobre la posibilidad de mover fondos entre cuentas (sitios web) que pertenecen a la misma licencia de juego.
- El cliente realiza transacciones que parecen ser desproporcionadas en relación con su riqueza, ingresos conocidos o situación financiera.
- El cliente busca transferir fondos a la cuenta de otro cliente o a una cuenta bancaria a nombre de un tercero.
- El cliente muestra comportamiento sospechoso al jugar juegos que se consideran de alto riesgo.
- Dividir artificialmente un retiro para permanecer "debajo del radar".
- Origen de la riqueza inexplicado o poco claro, por ejemplo, un estudiante que juega grandes volúmenes de dinero cuyo origen no puede determinarse inmediatamente.
- Cambios repentinos en la actividad de la cuenta, por ejemplo, el volumen de transacciones aumenta repentinamente.
Mantenimiento de Registros
Mantenemos durante al menos 5 (cinco) años todos los registros obtenidos a través de medidas de diligencia debida y la documentación respecto a nuestras relaciones con los clientes y las transacciones de los clientes, así como la correspondencia con los clientes.
Esta información podría ser requerida de manera oportuna por las autoridades reguladoras. Los documentos descritos deben conservarse durante 5 años a partir de la fecha de la transacción o la fecha de finalización de cualquier transacción relacionada. La información de diligencia debida del cliente, o copias de la misma, también debe conservarse durante un mínimo de 5 años a partir de la fecha en que la persona concernida deja de ser un cliente registrado o desde la fecha de la actividad más reciente del cliente. Estos registros pueden mantenerse en formato documental o electrónico.